El Congreso ha aprobado este jueves, 17 de abril, el proyecto de ley de Fomento de la Financiación Empresarial, que regula nuevas formas de acceso a la financiación como la financiación participativa, conocida como crowdfunding. La principal novedad aportada por el Senado a la normativa, que había sido aprobada provisionalmente por el congreso el pasado 7 enero, es que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMC) se convierte en la responsable de la supervisión, inspección y sanción de los proyectos que se acojan a este modelo de financiación. Entre las novedades que introduce esta ley en el día a día de la financiación se encuentra la obligación de la banca, que tendrá que avisar a las pymes con al menos tres meses de antelación si se va a producir un posible recorte en su financiación de un 35 % o más. Además, con el objetivo de que estas empresas puedan encontrar vías alternativas de liquidez, podrán obtener de la entidad crediticia, gratuitamente y en un plazo de diez días, información sobre su posición financiera, historial de pagos, extracto y calificación crediticia. Pero ahí no quedan las novedades de esta ley, ya que también se definen los tipos de inversores -institucionales o minoristas- para proyectos de micromecenazgo o “crowfunding”. Según esta nueva definición, los primeros podrán invertir hasta un máximo de 10.000 euros anuales y no más de 3.000 por proyecto; además, tendrán que firmar de su puño y letra su consentimiento, tras ser advertidos de los riesgos. Los más cualificados, sean particulares o empresas, deberán superar un millón de euros de activos, dos millones de euros de cifra de negocio, o 300.000 de recursos propios. También serán inversores cualificados, y no tendrán límite inversor, las personas físicas o jurídicas cuyos niveles de renta superen los 50.000 euros al año o tengan un patrimonio superior a 100.000 euros. El proyecto ley prevé que, para conformar una plataforma de crowdfunding, el capital social mínimo de 60.000 euros deba ser desembolsado íntegramente en efectivo. No obstante, también se permite constituir una plataforma de este tipo mediante una tercera vía: contar con una «garantía equivalente» que tenga un nivel de cobertura «equivalente» a la del capital social mínimo y el seguro de responsabilidad civil. El Senado también ha reducido el «esfuerzo» que las plataformas de crowdfunding deben hacer en aras a la transparencia, de modo que ya no deba difundir sino únicamente hacer accesible la información entre los promotores de los proyectos y los potenciales inversores a través de su página web. Otra de las novedades de la ley es que fija un techo de capitalización de 500 millones para operar en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB), con el objetivo de evitar casos como el de Gowex, compañía que se declaró en concurso después de que su presidente admitiera haber falseado las cuentas. Las empresas que tengan una capitalización de 500 millones de euros durante seis meses tendrán que pasar a cotizar en el mercado continuo.
Se aprueba, definitivamente, la nueva ley de Fomento de la Financiación Empresarial
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