Conoce la nueva ley de financiación empresarial (II): preavisos de los bancos y otros

bancxo-de-españaCómo comentábamos en un post anterior, el anteproyecto de ley de Fomento de Financiación Empresarial ha recibido luz verde para seguir adelante mediante su aprobación por la Comisión de Economía y Competitividad del Congreso de los Diputados. Tras recibir este visto bueno el pasado 7 de enero, el texto legislativo será enviado al Senado, donde podrá experimentar los últimos cambios. Se espera que pueda estar aprobada a mediados del 2015.

Además de la regulación del crowdfunding, se recogen una serie de novedades que pretenden mejorar las condiciones de financiación de las empresas y autónomos, intentando que no queden desprotegidos ante una pérdida de financiación. Las novedades que os queremos destacar son las siguientes:

  • AVISO A LAS PYMEs Y AUTÓNOMOS DE SU RESTRICCIÓN DEL FLUJO DE LA FINANCIACIÓN

Micropymes y autónomos también tendrán derecho a ser preavisados de la terminación o disminución del flujo de financiación por parte de las entidades financieras.

Las entidades de crédito estarán obligadas a preavisar, al menos con tres meses de antelación, a las pequeñas y medianas empresas (pymes), a las micropymes y, también,  a los trabajadores autónomos, de que su financiación vaya a ser cancelada o reducida en un 35% o más. El objetivo de este preaviso es que estas empresas o autónomos reorienten sus fuentes de financiación lo más rápidamente posible.

Además, tanto pymes como autónomos podrán obtener de su entidad crediticia, y en un plazo de diez días, información sobre su posición financiera, historial de pagos, extracto y calificación crediticia referida a los último cinco años. También se incluirá una relación de los contratos de seguros vinculados al flujo de financiación. Esta documentación será útil para solicitar financiación en otra entidad financiera.

La información será gratuita siempre que a la empresa en cuestión se le haya negado financiación, por lo que sólo tendrá un coste si la petición de este historial surge a iniciativa de la propia pyme o del autónomo.

  • HIPOTECAS INVERSAS

Se permite a los establecimientos financieros de crédito realizar hipotecas inversas (producto financiero por el cual una entidad financiera paga una renta mensual al propietario de una vivienda, a cambio de tener la vivienda de esta persona como garantía) y se extiende a las participaciones preferentes e instrumentos de deuda realizadas a partir del 1 de enero de 2014.

  • MÁS FACILIDADES PARA EL DESARROLLO DE LAS SOCIEDADES DE GARANTÍA RECÍPROCA

Se reducen las cargas administrativas al eliminarse la obligación de que las relaciones entre estas sociedades y el socio, en cuyo favor se hubiese otorgado una garantía, se formalicen en escritura pública

  • CREACIÓN DE LOS “CLIENTES INCOGNITOS”

Se permite que la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores) use ‘mystery shoppers‘ (clientes de incógnito) para supervisar el funcionamiento de todas estas entidades.

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